El nuevo Código del Consumidor
El subcapítulo I del Capítulo II del Nuevo código del Consumidor trata el tema relacionado con la Información a los consumidores.
Mediante el nuevo código, el proveedor de productos o servicios cualquiera fuera, tiene la obligación de ofrecer al consumidor toda la información relevante para tomar una decisión o realizar una elección adecuada de consumo. Cuando se establece en el código "toda la información relevante", debemos entender que se trata de aquella información que es básica, necesaria y fundamental para tomar la decisión de compra.
Cuando la información es veraz, suficiente, de fácil comprensión, apropiada, oportuna y fácilmente accesible para el consumidor, éste podrá elegir con mayor confianza y rapidez sobre la opciones que se le presenten.
Por ejemplo, en el caso de las pensiones de jubilación del Sistema Privado de Pensiones, en que el afiliado está por jubilarse y debe optar libremente por elegir lo mejor según su punto de vista.
Las opciones que se le presentan son varias: Así tenemos que puede elegir entre una gama de modalidades de pensión y cada una con diferentes tipos de beneficios y alternativas, en las que participa no sólo la AFP sino las diversas compañias de seguros que operan en el mercado ofreciendo rentas vitalicias y cada una con diferentes posibilidades de pensión enmarcadas dentro de un estándar supervisado por la SBS.
A pesar de ello, es muy probable que para aquel que nunca ha trabajado en una AFP y que realmente desconoce el tema encontrarse con la simbología y lo que significa cada una de las opciones debe ser sumamente complicado sino cuenta con una asesoría especializada en el tema que pueda orientarlo en su elección, digo "orientarlo", "no imponerle".
Bajo este esquema ha venido funcionando el SPP, en el que los trabajadores a punto de jubilarse son contactados por los "asesores previsionales" que trabajan en las diversas compañías de seguros para según ellos, "orientar a sus clientes". Lo cierto es que existe un interés marcado en el "asesor previsional de rentas vitalicias" pues su función es "captar la cuenta" para su compañía de seguros que a cambio del capital, le ofrecerá al futuro pensionista una pensión de por vida y al asesor una comisión por su intermediación.
Decidir ¿con qué compañía de seguros? merece un análisis de parte del afiliado a punto de jubilarse. Por cierto, en algunos casos tendrá que hacer oídos sordos a aquellos "asesores previsionales de rentas vitalicias" que buscando su propio beneficio se olvidan que están frente a un cliente con necesidades específicas y que requiere tomar una decisión, tal vez la más importante de su vida. El típico error de ventas que cometen muchos vendedores de rentas vitalicias es no saber detectar las necesidades específicas de su cliente, y tal vez habiéndolas detectado probablemente no puedan hacer nada por "la política de la empresa" lo cual desmerece el nivel de competitividad y eficiencia del SPP.
Es aquí donde entra la información, veraz, suficiente, de fácil comprensión, apropiada, oportuna y fácilmente accesible para que el afiliado que optará por jubilarse elija "su mejor opción" y no "la mejor opción" del asesor.
EL código del consumidor tiene muchos beneficios, pero aún falta su divulgación, y puesta en práctica por los propios consumidores.
Seguiremos comentando este tema.
Cordialmente,
Ing° Herlan Freyre Antich
HCFA Enterprise Consulting
Telf: 4211331
Cel: 991830437
Webpage: http://herlanfreyre.web.officelive.com/default.aspx
Coach, Asesor, Consultor en Programación Neurolingüística y Consultor de empresas; capacitación y entrenamiento de vendedores con PNL aplicada.Talleres de capacitación 100% prácticos que incluyen dinámicas de aprendizaje; diseñamos su proceso de ventas y diseñamos las técnicas de ventas específicas para su industria o negocio. Su equipo de ventas se fortalecerá agregando valor a su empresa.
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